En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por el abogado Mario Vargas. Este recurso buscaba evitar que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) accediera a los chats encontrados en el teléfono celular de Luis Hermosilla, en el marco de la investigación conocida como el "Caso Audio".
El argumento principal de Vargas radicaba en la presunta violación de su derecho a la privacidad si el Ministerio Público permitía el acceso a los antecedentes de la investigación. Sin embargo, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra Mireya López, el ministro Alejandro Rivera y el abogado (i) Rodrigo Asenjo, determinó que no existía un derecho indubitado en riesgo que justificara la acción constitucional.
En su fallo, la Corte estableció que el recurso de protección tiene por objetivo restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, pero que en este caso no se han presentado hechos concretos que constituyan una vulneración a las garantías constitucionales. El tribunal sostuvo que la presentación de Vargas se basaba en la posibilidad o eventualidad de que se produjera una afectación a sus garantías fundamentales, pero no en hechos concretos.
Es importante recordar que Mario Vargas presentó el recurso a título personal, argumentando que las conversaciones mantenidas con Luis Hermosilla abarcaban temas tanto profesionales como personales, y que el acceso a estas comunicaciones podría infringir el secreto profesional. Sin embargo, la Corte determinó que no se han mencionado hechos concretos que respalden esta alegación.
"En la especie se requiere que exista una acción u omisión concreta a efectos de determinar la concurrencia de un derecho indubitado del recurrente, razón por la cual tiene aplicación la norma de inadmisibilidad prevista en el inciso segundo del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso del Protección de Garantías Constitucionales", señala el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Los combinados nacionales deberán medirse contra rivales de Colombia, Uruguay y entre chilenos.
El argumento principal de Vargas radicaba en la presunta violación de su derecho a la privacidad si el Ministerio Público permitía el acceso a los antecedentes de la investigación.
De acuerdo al documento ingresado, la parlamentaria "habría tenido conocimiento desde julio del año 2022 del vínculo de su pareja, Daniel Andrade y Carlos Contreras, donde hay dinero involucrado y convenios con éste."
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Hasta el momento se desconoce con exactitud una nueva fecha establecida.
El certamen además, ofrecerá cupos en los próximos Panamericanos y Olimpiadas.
La normativa, respaldada por el 82% de los padres brasileños, establece que los dispositivos estarán prohibidos tanto en las aulas como durante los recreos.
De igual forma, el líder ruso se mostró dispuesto a llegar a un compromiso sobre Ucrania en posibles conversaciones con norteamérica.
Durante la comisión investigadora, se expuso la determinación de Boric y Tohá sobre la estricta reserva del caso.
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De acuerdo a lo reportado por personal del Samu, en total serían ocho personas afectadas.
La medallista dorada en París sumó un nuevo galardón en la Gala Olímpica 2024.
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