Por: Rubén García Tapia, seremi de Justicia y Derechos Humanos Coquimbo
El futuro Servicio Nacional de Acceso a la justicia y Defensoría de Víctimas de Delitos, es un proyecto de ley que unifica la gestión que actualmente llevan las Corporaciones de Asistencia Judicial y que, si bien mantienen sus líneas de acción y unidades operativas, se crea un nuevo servicio descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, centrado en las personas, con líneas de especialización y mecanismos de resolución alternativa de conflictos.
Ahora bien, ¿Qué implica que se transforme en un servicio público? La unificación del servicio va a permitir colaborar de manera más activa en la evaluación, mejoramiento y ejecución de las políticas, planes y programas que permita un acceso democrático a la justicia.
El nuevo servicio, además, tiene por objeto promover la educación en derechos, la solución colaborativa de conflictos y el apoyo psicosocial, sin perder, por supuesto la labor de otorgar asesoría, defensa y representación jurídica, a sus beneficiarios mediante líneas de acción especializadas, de manera gratuita a las personas y grupos vulnerables.
Unas de las grandes novedades que trae este proyecto de ley, es la creación de la Defensoría de Víctimas de Delitos, esto último cobra vital relevancia, ya que el proyecto de ley viene a corregir las inequidades materiales del sistema penal y entrega a la víctima de atención socio jurídica integral y representación judicial especializada con el fin de lograr la participación, reparación y protección en todas las etapas del proceso penal, desde la denuncia hasta la ejecución total de la condena.
En este sentido, el proyecto de ley contempla esenciales modificaciones al Código Procesal Penal, pudiendo el servicio solicitar, previa autorización de la propia víctima, información respecto del curso de la investigación, el procedimiento, y sus resultados; incluyendo también conocer sobre la decisión de una suspensión del procedimiento, del sobreseimiento temporal o definitivo, y otras causales de término de la causa. Es importante destacar que el actual Código Procesal Penal no considera a la víctima como interviniente en etapas de ejecución de la pena o medida de seguridad impuesta, por lo que se considera la posibilidad de incluir la participación de la víctima como interviniente.
Los avances que propone este proyecto de ley, en definitiva, nos permitirá poder desplegar políticas públicas orientadas hacia un mejoramiento del acceso a la justicia, identificación y satisfacción de necesidades jurídico sociales de víctimas de delitos violentos, comunidades rurales, mujeres, disidencias, y en definitiva, que el acceso a la justicia, no este ceñido a la capacidad económica de las personas, sino que sea un acceso democrático y especializado de la justicia para todas y todos.
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28 de octubre de 2024